Las autoridades de la Región de Tarapacá destacaron el significado de la ley promulgada este domingo por el Presidente Sebastián Piñera, que permitirá el cambio en el orden de los apellidos materno y paternos de los hijos.
La nueva norma tiene por objeto establecer que los padres podrán expresar de común acuerdo, al momento de inscribir el nacimiento de su primer hijo o hija, el orden de sus apellidos, el cual deberá ser el mismo para todos los hijos comunes que puedan venir después. Si los padres no expresan lo contrario, se aplicará la regla que existe hasta hoy.
El seremi de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Canales, señaló que “con esta normativa, no solo las inscripciones de nacimiento podrán variar en el orden de los apellidos de sus padres. De ahora en adelante, también los adultos podrán ir al Registro Civil y cambiar el orden de sus apellidos. Nos hemos preocupado de realizar los cambios correspondientes a esta iniciativa, a modo de asegurar que los efectos jurídicos no causen daños y haya certeza en las relaciones de personas entre sí”.
Además, añadió que “este trámite se podrá realizar solo una vez. Hay que tener claro que, al momento de realizar este trámite, la persona deberá acercarse a las oficinas del Registro Civil y consultar si es que tiene alguna condena o formalización por algún delito que merezca pena aflictiva o alguna condena por abuso sexual. Por otra parte, si el solicitante tuviese hijos mayores de 14 años y menores de 18 años, por ley, éstos deberán manifestar su consentimiento”.
Por su parte, el intendente de Tarapacá, Miguel Ángel Quezada, explicó que “esta ley es un avance en materia de igualdad entre la mujer y el hombre. Los padres, al inscribir el nacimiento de un hijo, podrán decidir en qué orden irán los apellidos; un cambio que reconoce su libertad de elección”.
La reciente promulgación contribuye a relevar el importante rol que juega la mujer en la familia, permitiendo que su apellido pueda ir en primer lugar si así se decide.
Cabe destacar que después de cuatro meses de publicada la Ley en el Diario Oficial, se podrá comenzar a realizar la solicitud de invertir el orden de los apellidos de los (as) hijos (as).