El imputado, hoy ex funcionario de Gendarmería, deberá cumplir la pena en forma efectiva, ya que no se le otorgó derecho a pena sustitutiva.
Tras la presentación de numerosa prueba por parte de la fiscal especializada en delitos sexuales Camila Albarracín y los abogados querellantes del Instituto Nacional de Derechos Humanos y el Consejo de Defensa del Estado, el tribunal oral en lo penal de Iquique resolvió condenar al ex funcionarios de Gendarmería Jonnathan Ramos Zúñiga a dos penas efectivas de 3 años y un día de presidio por los delitos de apremio ilegítimo y abuso sexual, respectivamente, en contra de una imputada que era trasladada desde el juzgado de Pozo Almonte al centro penitenciario de Alto Hospicio.
De acuerdo a lo que se probó en el juicio, los hechos ocurrieron el 14 de septiembre de 2021, cerca de las 15:00 horas, cuando el imputado, funcionario activo de la Unidad de Servicios Especiales Penitenciarios de Gendarmería, junto a otros funcionarios de la unidad trasladaban desde la comisaría de Pozo Almonte hasta la cárcel de Alto Hospicio a la víctima, una mujer de nacionalidad boliviana, de 29 años de edad, que había quedado en prisión preventiva tras ser formalizada por el delito de tráfico de drogas.
En ese contexto, el imputado subió a la víctima al carro de Gendarmería encerrándola en el calabozo, quedando él en posición de custodio, mientras los otros funcionarios se desplazaban en la cabina de conducción. Estando en marcha el vehículo, el imputado abrió el calabozo y le ordenó salir a la víctima, indicándole que le haría una revisión de sus vestimentas por temas de seguridad, sacándole los grilletes y pidiéndole que se desnudara. La víctima lo hizo, tomándola el imputado por la cintura y sentándola sobre sus piernas, comenzando a tocarla, mientras le decía que si era primera vez que estaba detenida y que si no hablaba, la llevaría donde la gente buena, pero si decía algo, pediría que le pegaran y la pusieran en una celda con personas malas.
Fue en eso que sus compañeros de labores se percataron del sonido de la puerta del calabozo y vieron por las cámaras internas de seguridad del carro que la imputada no estaba en la celda, procediendo a detener el vehículo y al hacerlo, vieron por las cámaras que la víctima volvía a ingresar al calabozo con su torso desnudo. El jefe de la unidad se bajó del vehículo y abrió la puerta trasera, observando al imputado con las ropas de la víctima., procediendo luego a dar aviso a sus superiores de lo ocurrido
“A nuestro criterio, al igual que el INDH, los hechos constituían el delito de tortura sexual, sin embargo, el tribunal en un fallo dividido resolvió condenar al imputado por los delitos de apremios ilegítimos y abuso sexual, existiendo el voto disidente de una jueza que estuvo por considerar que la prueba presentada por la Fiscalía sí daba cuenta del delito de tortura. En especial debo destacar la cooperación del Servicio Médico Legal con la realización del protocolo de Estambul y el peritaje sociocultural realizado por una perito de la Universidad de Tarapacá. De todas maneras, analizaremos el fallo para tomar la decisión si procede o no la presentación de un recurso”, indicó la fiscal Camila Albarracín.
En el juicio, la persecutora presentó el testimonio de la víctima a través de una declaración anticipada, ya que fue expulsada del país; de los otros gendarmes que acompañaban al imputado y de los que recibieron a la víctima en el centro penitenciario; del médico y sicólogas que atendieron a la afectada, de los funcionarios de la Brigada de Delitos Sexuales de la Policía de Investigaciones que realizaron las diligencias investigativas, de la perito del Servicio Médico Legal que confirmó los daños sicológicos que sufrió la víctima producto de este ataque.