• Corporación Museo del Salitre que Administra Salitreras Humberstone y Santa Laura, reconoce avances en la toma de conciencia por parte de la comunidad, al valor y cuidado de su patrimonio, pero aún es insuficiente.
A pocas semanas de celebrar una vez más el Día de los Patrimonios, en su versión 2023, la Corporación Museo del Salitre, (CMS) conformada por pampinos y pampinas y sus agrupaciones, junto con valorar los grandes avances de recuperación patrimonial en las Salitreras Humberstone y Santa Laura, hizo un llamado a la comunidad, a comprometerse con el cuidado de nuestro patrimonio, puesto que se trata de bienes culturales que, de dañarse, son irrecuperables, irremplazables y únicos. Además de ser un atentado a nuestra propia cultura e identidad.
La Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales, contempla sanciones para quienes dañen el patrimonio e infringir la normativa, implica multas e incluso reclusión. Importante es considerar que en la actualidad se encuentra en discusión en el parlamento, un proyecto que propone endurecer las sanciones para quienes dañen el patrimonio nacional.
LEY DE MONUMENTOS NACIONALES
En el Título X , De las Penas, Artículo 38º, se indica que: “El que causare daño en un Monumento Nacional, o afectare de cualquier modo su integridad, será sancionado con pena de presidio menor en su grado medio máximo y multa de cincuenta a doscientos unidades tributarias mensuales”.
Artículo 38º bis: “La apropiación de un monumento nacional, constitutiva de los delitos de usurpación, hurto, robo con fuerza en las cosas, o robo con violencia o intimidación en las personas, así como su receptación, se castigará con pena de multa de cincuenta a doscientos unidades tributarias mensuales, además de la privativa de libertad que corresponda de acuerdo con las normas generales”.
Y añade: “Tratándose del hurto, si no fuera posible determinar el valor del monumento nacional, se aplicará la pena de presidio menor en sus grados mínimo a máximo, además de la multa aludida en el inciso precedente”.
En ese sentido, por ser Monumento Histórico Nacional, las Oficinas Salitreras de Humberstone y Santa Laura y todo el polígono de protección en el que están insertas, están protegidas por esta ley y sus normativas.
HACIENDO CONCIENCIA
Habitualmente, en el caso de Humberstone y Santa Laura, las personas tienden a creer que el monumento histórico es sólo la zona urbana e industrial, que cuentan con cierta delimitación. No obstante, los sucesivos decretos de declaración de Monumento Histórico establecen que tanto el campamento, zona industrial, torta de ripios y elemento asociados están protegidos por la ley. Y más aún, se suma a ello la denominación de Sitio Patrimonio Mundial, que incorpora parte de la zona de extracción calichera y sitios asociados.
Corporación Museo del Salitre reitera su llamado a entender el sentido de la ley y a instruirse sobre la normativa para no incurrir en situaciones involuntarias, o por desconocimiento. No obstante, históricamente ha habido saqueos o “huaqueos”, que apunta a todos aquellos que en su momento se dedicaron a desmantelar las oficinas salitreras y sus vestigios extrayendo la madera de pino oregón, sacando rieles y objetos asociados al sistema de ferrocarriles; muebles y objetos varios. Y todo ello, con fines comerciales.
La CMS destaca que, junto al trabajo de rescate patrimonial realizado, en los últimos años hay mayor conciencia sobre el patrimonio y las personas tienden a no causar daño, porque entienden que en ello también hay parte de nuestra identidad como Región. Sin embargo, siempre aparecen casos aislados.
Finalmente señalar que las agrupaciones de pampinos y pampinas, históricamente han destacado como los principales defensores de los vestigios materiales y la cultura pampina.