- Tras una serie de acuerdos y trabajo que involucró a equipos del ministerio de Minería y Sernageomin, la modificación fue enviada a toma de razón de la Contraloría tras la firma del Presidente de la República.
Con el objetivo de agilizar y adecuar la tramitación de los permisos sectoriales a la realidad de productores y productoras de la pequeña minería, el Ministerio de Minería materializó la actualización del Reglamento de Seguridad Minera anunciada por el Presidente Gabriel Boric, a fines de agosto pasado en el marco del cierre del mes de la minería.
La modificación que, entre otras medidas, flexibiliza las cargas administrativas y disminuye los tiempos de trámites para el inicio de actividades de pequeñas y pequeños productores mineros, corresponde al primer decreto de 2024 del ministerio de Minería firmado por el Presidente Gabriel Boric para ser enviado a Contraloría, donde debe cumplir con la toma de razón, previo a su entrada en vigencia.
De esta manera, con su actualización el reglamento aportará beneficios operativos al sector como reducción de costos, dinamismo en la producción y medidas de cierre acordes a la actividad minera de menor escala.
“Consciente de las distintas envergaduras de la minería chilena, desde el gobierno buscamos dar fluidez a los trámites y permisos que requiere el inicio o reinicio de obras o actividades de la pequeña minería y por eso, vimos en la modificación de este reglamento una oportunidad para dar fluidez a estos proyectos. Tal como la Ventanilla Única que lanzamos hace unos días con la idea de concentrar en una plataforma digital única el acceso a procesos simplificados de Sernageomin y ENAMI”, comentó la ministra de la cartera, Aurora Williams.
Uno de los puntos recogidos desde la inquietud de los propios pequeños mineros es que con el ajuste, ya no estarían obligados a entregar estadísticas de producción. En su lugar, serán los poderes de compra quienes asumirán la responsabilidad de proporcionar esta información a Sernageomin. Además, se cambia la frecuencia de entrega de estadísticas de accidentabilidad de una base mensual a trimestral y se propone simplificar los libros requeridos en la faena minera, manteniendo la importancia de los registros para la debida implementación de la Declaración Minera o Proyecto Minero y su fiscalización.
Tras una serie de acuerdos y trabajo conjunto con el sector, que involucró a equipos del ministerio de Minería y Sernageomin, se logró abordar la modernización de varios artículos de capítulos del reglamento, asociados a normas de seguridad minera, permisos e iniciación de actividades mineras de la pequeña minería.
En ese sentido, “respecto a los beneficios administrativos – explicó la titular de minería – pequeñas y pequeños mineros verán reducidos los tiempos de tramitación, tendrán acceso a documentos, participarán de un proceso estandarizado y simple que reduce exigencias administrativas, pero que no claudica en el valor de la seguridad al garantizar el cumplimiento de estándares de seguridad en las operaciones del sector”.
La iniciativa contempla también medidas de apoyo y cooperativismo entre productores y productoras de la pequeña minería. Se podrán otorgar dos o más permisos de explotación de diferentes productores, en una misma pertenencia o en pertenencias colindantes, en la medida en que sean compatibles desde el punto de vista de la seguridad minera y se encuentren debidamente amparados en un título o contrato sobre la concesión.
Finalmente, en caso de abandono de faena, esta podrá ser objeto de un nuevo proyecto minero que se hará cargo de los riesgos operacionales de la faena, de las obligaciones de seguridad y de las medidas correctivas pendientes que hayan sido dispuestas por Sernageomin.
Este y otros trámites vinculados a la actividad de la pequeña minería, podrán realizarse mediante la nueva plataforma digital “Ventanilla Minera”, ya disponible desde los sitios web del ministerio, Sernageomin y ENAMI. También, desde el siguiente link: https://ventanillaminera.