● La etapa -que si resulta fallida- continuará su proceso judicial que se enmarca en una demanda colectiva presentada por SERNAC en contra de la productora y la ticketera.
“Cuando sale lo de Noix”, “a este paso me voy a jubilar y aún Noix no tendrá su castigo” “y k pasó con lo del SERNAC y Noix”. Estos son comentarios repetidos en las redes sociales por Kpopers, y es que ya ha pasado mucho tiempo desde aquel noviembre de 2022 en que se suspendió el concierto de K-POP “Music Bank” y más de un año desde presentada la demanda de SERNAC contra NOIX, en febrero de 2023.
Pero, ¿En qué sigue el proceso de demanda colectiva iniciado por SERNAC? Tras los más de 11.500 reclamos recibidos, el Servicio presentó una demanda colectiva y además consiguió una medida precautoria para el congelamiento de una cuenta bancaria de la empresa. Tras esto, en el marco del juicio, se instó a las partes a un proceso conciliatorio, es decir, a tratar de llegar a un acuerdo, con foco en el beneficio de los consumidores.
Durante el mes de mayo se celebrará una audiencia de conciliación, instancia en la que se busca lograr un acuerdo conciliatorio entre SERNAC y las empresas Noix y Ticketmaster, en el marco del juicio colectivo iniciado por diversos incumplimientos en el festival “Music Bank”.
Esta instancia, es un nuevo intento, para que tanto la productora como la ticketera presenten una propuesta de compensación y/o indemnización que sea satisfactoria para las personas afectadas.
En caso de resultar fallida esta etapa, el juicio continuará su curso ante el 22° Juzgado Civil de Santiago mediante la demanda colectiva presentada en febrero de 2023.
¿En qué consiste la demanda colectiva?
El festival “Music Bank” se realizó el pasado 12 de noviembre de 2022 en el Estadio Monumental de Santiago y tuvo que ser suspendido parcialmente debido a la lluvia que cayó sobre la ciudad ese día.
Producto de esta acción de la productora Noix, SERNAC recibió 11.500 reclamos de personas consumidoras, tanto en Chile como del extranjero, que, de acuerdo a sus relatos, padecieron diversas afectaciones; por lo que, en su momento, el Servicio ofició y posteriormente citó a declarar al representante legal de la empresa para que explicara lo sucedido.
En ese contexto, SERNAC detectó una serie de incumplimientos, entre ellos, no haber previsto ni adoptado medidas de seguridad necesarias para evitar riesgos que pudiesen haber afectado la integridad de las personas consumidoras.
Además, la productora no realizó las gestiones pertinentes para garantizar la continuidad del concierto y que todos los artistas comprometidos se presentaran en condiciones de seguridad.
Tampoco cumplió las condiciones ofrecidas a los asistentes relativas a la vista o cercanía del escenario que se aseguraba conforme al ticket adquirido y la ubicación ofrecida, entre otros problemas.
En este escenario, SERNAC consideró que cualquier solución a los consumidores debía ser verificada en el marco de una instancia judicial para resguardar la universalidad y suficiencia de la solución, y su adecuada implementación.
Por ello, el Servicio fiscalizador busca compensaciones acordes al daño provocado. Es decir, quienes compraron tickets para ver a sus artistas favoritos y fueron negados por la suspensión del festival, a quienes incurrieron en gastos imprevistos o adicionales, a los asistentes obligados a cambiar de ubicación, a las personas consumidoras que sufrieron daño físico y psicológico, entre otras temáticas.
Adicionalmente, la productora, con la acción del SERNAC, se expone a multas que pueden llegar hasta las 1.500 UTM, esto es, cerca de $93 millones por haber infringido diversas normas de la Ley del Consumidor.