• sábado, 11 enero 2025 10:07

ZOFRI informa:

Ene 10, 2025
A nuestra comunidad
Sindicato n°1 inicia huelga legal, sin aceptar los días de mediación solicitados por la empresa Pese a los esfuerzos realizados por la empresa por alcanzar un acuerdo durante el proceso de negociación colectiva reglada, que implicó que se solicitara las dos mediaciones contempladas en la ley, el sindicato n°1 tomó la decisión de iniciar la huelga legal hoy viernes 10 de enero, desde las 00.00 horas.
La empresa solicitó el 8 de enero la prórroga de la mediación por tres días, con el objetivo de resolver las diferencias y acortar la brecha generada por la petición inicial del sindicato de aumentar en un 42% las condiciones del contrato actual, lo cual resulta en un reajuste totalmente desproporcionado para la realidad de la compañía. La dirigencia sindical no aceptó esta petición de extender la mediación voluntaria, informando que sólo concedería un día adicional de mediación. Lamentamos que los dirigentes no hayan tenido la voluntad, flexibilidad y comprensión para aprovechar esta instancia destinada a alcanzar un acuerdo que fuera beneficioso para las partes.
Es importante señalar que los trabajadores de ZOFRI gozan de reajustes trimestrales de sus remuneraciones según la variación del IPC, lo que anualmente significa un reajuste sobre reajuste. Sumado a lo anterior los bonos contenidos en los contratos colectivos están en UF y los bonos de término de negociación se pagan líquidos.
En este proceso la empresa ofreció varias opciones en beneficio de los trabajadores, los que contenían un reajuste real en UF, un bono de término de negociación (BTN) de $6.125.625.- y un préstamo blando de $3.000.000.- por un contrato colectivo de 30 meses y una opción de contrato a 36 meses con un BTN de $7.350.750.- millones y un préstamo blando de $3.500.000. A pesar de ello el sindicato rechazó estas propuestas.
De todo esto quedó constancia en el acta de rechazo de la mediación ante la Dirección del Trabajo.
Es importante señalar que la huelga legal significa:
• Suspensión del contrato de trabajo.
• No pago de remuneraciones mientras dure la huelga sin obligación de pago de
cotizaciones previsionales y de salud.
• No poder acceder a ningún beneficio incorporado en el contrato, como convenios
de salud complementarios y otras prestaciones para él o ella y sus cargas