- Actualmente, a nivel nacional la deuda alcanza los 95 mil millones de pesos y del total de ingresos de causas, se han realizado 194. 582 inscripciones y 19.229 cancelaciones.
- En la región de Tarapacá la deuda supera los 2 mil millones de pesos.
“Junto a la ley de responsabilidad parental y pago efectivo de pensiones de alimentos, nuestro país responde con una institucionalidad que se hace cargo de una realidad que ha afectado a las mujeres por mucho tiempo, el abandono parental y la falta de recursos esenciales para el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes, y también de miles de hogares que termina liderando una mujer sola, que no recibe el aporte que esos niños y niñas merecen y, por lo tanto, caen en el endeudamiento, el empobrecimiento” señaló la SEREMI de la Mujer y la Equidad de Género de Tarapacá, Noemí Salinas Polanco, en el balance del primer año de funcionamiento del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA).
Según la información del Registro Civil, actualizada al 15 de noviembre, en la región de Tarapacá durante este año de implementación ingresaron 3.000 causas al Registro, de las cuales hubo 383 cancelaciones, la mayoría de las cancelaciones realizadas es por pago de la deuda o porque las partes alcanzan un acuerdo de pago, por lo que aún quedan vigentes 2.617 causas con deuda que en total suman 2.413.166.183 pesos. Existe también una deuda contabilizada en UTM, que se encuentra en revisión por parte del Registro Civil. El registro indica que el 97% de los deudores de alimentos son hombres y el 3% son mujeres.
En Tarapacá hay 3.517 niñas, niños y adolescentes que no han recibido pensión de alimentos según lo que indica el Registro Nacional de Deudores.
“A un año de la implementación del registro, vemos estas cifras en la región y visibilizamos la necesidad que teníamos de poder hacernos cargo como Estado y de que las mujeres ya no estuviesen solas en ello, es por esto que como Ministerio de la Mujer y la Equidad de género seguiremos trabajando por mejorar la vida de las mujeres”, indicó la SEREMI de la Mujer y Equidad de Género en Tarapacá.
¿Cómo funciona el Registro de Deudores?
Para ingresar al Registro debe existir una causa por pensión de alimentos ante los Tribunales de Justicia, los cuales deben evaluar los antecedentes. La persona demandante debe solicitar al tribunal correspondiente la liquidación de la deuda, que será puesta en conocimiento del alimentante. Si éste tiene una deuda de tres meses continuos y/o cinco discontinuos y no hace el pago una vez realizada la liquidación, el Tribunal enviará los antecedentes al Servicio de Registro de Identificación, para que éste inscriba al alimentario deudor en el Registro Nacional de Deudores.
Este mecanismo es un sistema electrónico remoto, gratuito y puede ser consultado por personas o instituciones que tenga la obligación legal de hacerlo, tales como deudores, demandantes, representantes legales, tribunales, bancos, notarías, municipalidades, entre otras instituciones públicas y privadas.
Dentro de las consecuencias de ingresar al Registro Nacional de Deudores se encuentran: la retención de las devoluciones de impuestos en la operación renta de cada año, la imposibilidad de obtener o renovar la licencia de conducir y/o el pasaporte y la retención de operaciones de crédito (desde 50 UF o más alcanzará un 50%), entre otras medidas.
Cabe destacar que, a partir de su implementación, el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género detectó e impulsó medidas para mejorar el cumplimiento de la ley en el caso de los prestadores de servicios financieros, entregándole atribuciones expresas a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), para fiscalizar y sancionar a estos actores, lo que fue aprobado por el Congreso en diciembre de 2022. La Ley dispuso que, a partir de marzo, la CMF comenzará a supervisar el cumplimiento de las obligaciones de consulta del Registro por parte de los proveedores de servicios financieros que fiscaliza.
Seis meses después de la puesta en marcha del Registro, el 20 de mayo de 2023 comenzó a operar el mecanismo de pago efectivo de pensiones, creado por la Ley 21.484 sobre Responsabilidad Parental, presentada por el gobierno del presidente Gabriel Boric Font.
Desde entonces, ambas normativas conforman una mejor institucionalidad del Estado chileno destinada a mejorar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos en el país.
A partir de la ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, si existe al menos una mensualidad de pensión de alimentos adeudada, se puede solicitar al tribunal que dictó la resolución en donde consta la deuda, que -en primer lugar- ordene el pago de la misma a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias, instrumentos de inversión y financieros, y, en segundo lugar, en las cuentas de ahorro previsional voluntario. Esta búsqueda de fondos es realizada por el tribunal de oficio.
En tanto, si existen tres mensualidades de pensión de alimentos adeudadas, ya sea total o parcial, continua o discontinua, el tribunal ordena el pago mediante los fondos que existan en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del deudor, sí y solo sí, el alimentante no mantiene fondos en cuentas bancarias, cuentas de APV o instrumentos financieros o de inversión, o si éstos son insuficientes para el pago total de la deuda.